Cambios claves en la regulación de ductos de basura en edificios elevados
El 19 de noviembre de 2025, el Ministerio de Salud publicó la Resolución Exenta Nº 1.378, que modifica la histórica Resolución Nº 7.328 de 1976, modernizando por primera vez en casi 50 años el reglamento sanitario que regula los ductos de basura en edificios elevados.
Este cambio es altamente relevante para constructoras, oficinas de arquitectura, inmobiliarias y administraciones de edificios, pues ajusta los procedimientos de aprobación, fiscalización y diseño de los sistemas de recolección vertical de residuos.
En Metalduc y Torres y Cía te explicamos los puntos más importantes y cómo afectan a los proyectos actuales y futuros.
1. ¿Por qué se actualiza la norma?
Según la resolución, el Ministerio de Salud busca:
- Simplificar y estandarizar los procesos administrativos.
- Ajustar el nivel de control al riesgo real de estas instalaciones.
- Evitar duplicidad de revisiones, considerando que los municipios ya aprueban planos estructurales, incluyendo ventilación, evacuación de gases y ductos de basura.
- Alinear la normativa con la nueva Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales (Ley 21.770), que promueve procedimientos más eficientes y proporcionales al riesgo.
Esto se traduce en un proceso más simple, pero no menos riguroso, para el diseño y construcción de los ductos.
2. El cambio más relevante: la aprobación se reemplaza por una declaración jurada
El histórico Artículo 9 de la Resolución 7.328 fue completamente reemplazado.
Antes:
✔ Era obligatorio obtener aprobación sanitaria previa del diseño de ductos.
Ahora:
➡ Basta presentar una declaración jurada ante la autoridad sanitaria, indicando que el diseño cumple los requisitos técnicos del reglamento vigente.
La declaración jurada debe incluir:
- Identificación del titular o empresa responsable.
- Número de ductos (mínimo 1 por cada 30 departamentos).
- Garantía de evitar atrapamientos y riesgos de incendio en toda su altura.
- Área mínima del ducto: 0,2 m².
- Buzones herméticos con área vertical mínima de 0,12 m².
- Comunicación del ducto con el exterior + medidas anti-roedores e insectos.
- Descarga en sala o cámara de recolección.
Además, debe adjuntarse el comprobante de pago del arancel correspondiente.
3. Nueva facultad fiscalizadora de las SEREMI: nace el Art. 9 bis
La resolución incorpora el nuevo artículo 9 bis, que establece que:
- Las SEREMI de Salud fiscalizarán documentalmente o mediante inspecciones en terreno.
- Cualquier omisión o falsedad en la declaración puede implicar revocación de la habilitación, además de posibles responsabilidades penales.
Esto refuerza la importancia de trabajar con empresas expertas y con documentación técnica precisa.
4. ¿Desde cuándo rige la nueva normativa?
La resolución entra en vigencia 60 días después de su publicación, es decir, durante enero de 2026.
Hasta entonces, la documentación sigue rigiéndose por el mecanismo anterior, pero recomendamos preparar los cambios desde ya.
5. ¿Qué implica para proyectos nuevos y existentes?
Para proyectos en diseño
- Será más rápido obtener la habilitación sanitaria.
- La responsabilidad técnica será aún más relevante: la declaración jurada debe sustentarse en planos que realmente cumplan la normativa.
- Se exige mayor precisión en ventilación, descarga, cierre hermético y prevención de incendios.
Para edificios existentes
- No modifica exigencias históricas, pero la fiscalización se fortalecerá.
- Se recomienda revisar sala de basura, cierres herméticos y estado del ducto.
6. Indicaciones aún no completamente definidas
Como toda normativa nueva, existen puntos operativos y procedimentales que aún no han sido plenamente aclarados por la autoridad sanitaria, especialmente respecto a:
- La plataforma digital definitiva donde se ingresarán las declaraciones juradas.
- El proceso transitorio cuando el sistema de información aún no esté operativo.
- El formato final de los comprobantes de ingreso y validación.
- Plazos y criterios de fiscalización en esta primera etapa de implementación.
En Metalduc y Torres y Cía estaremos monitoreando estos avances día a día y comunicaremos cualquier actualización oficial apenas sea publicada, para que nuestros clientes puedan trabajar con total seguridad y cumplimiento normativo.
7. Cómo apoyamos en Metalduc y Torres y Cía
Con más de 20 años de experiencia en diseño, revisión, fabricación y soluciones F-60 para sistemas de recolección vertical de residuos, acompañamos el proceso completo:
8. Conclusión
La nueva normativa representa un avance importante hacia procesos más modernos y eficientes.
Sin embargo, también exige responsabilidad técnica y actualización permanente.
En Metalduc y Torres y Cía estamos preparados para guiar a nuestros clientes durante esta transición, asegurando proyectos seguros, eficientes y completamente alineados con la normativa vigente.
